< Primeros pasos en genealogía
En nuestra genealogía, los documentos principales serán los registros civiles y eclesiásticos, que nos proporcionarán información sobre las fechas de nacimiento, matrimonio y muerte de nuestros ancestros, así como los lugares donde eso haya ocurrido, los padres y abuelos, otros familiares e incluso, a veces, sobre la clase social del implicado. Es muy recomendable hacer desde el primer momento un archivo ordenado de estos documentos que podamos consultar en cada momento. Será la base documental de nuestro estudio y la que nos ayudará a seguir avanzando hacia arriba en nuestro árbol.
Analizaremos hoy brevemente la historia y la forma de acercarnos al Registro Civil, primer recurso con el que contaremos para empezar a establecer una genealogía.
Registro Civil: una breve historia
La necesidad de establecer un Registro Civil comenzó a plantearse en España a principios del siglo XIX, concretamente en el Trienio Liberal, cuando se establece (1823) una ley por la cual se desarrollaría un Registro que jamás se llegó a realizar: la idea tardó en morir lo que tardó en llegar la década ominosa que devolvió el absolutismo a España.
Es Espartero, en 1841, quien intenta por segunda vez lo intenta poner en marcha, y así nacerán en diversos municipios los más antiguos registros civiles que existen. Tras el fallido/paralizado intento de digitalización y puesta a punto online de estos registros por parte del Ministerio de Justicia, Registros en Red, podemos consultar, al menos, algunos de los datos relativos a estos municipios en FamilySearch (aunque la mayoría aún no están indexados y habremos de buscar en las propias imágenes).
Finalmente, el paso definitivo hacia el establecimiento de un Registro Civil general tuvo lugar con la Constitución de 1869, también progresista. Como vemos, el impulso hacia su creación se hizo siempre a partir de gobiernos progresistas y su paralización siempre por gobiernos conservadores, quienes defendían la única necesidad de los registros parroquiales que, en realidad, dejaban fuera a gran parte de la población. El caso más visible es el de todos aquellos que no profesaran la religión católica, por supuesto, pero incluso entre quienes lo hacían, no siempre se conservaron los datos. Por ejemplo, y salvo curiosas excepciones en las que se «ocultaba» aquel suceso, los suicidios no eran reconocidos por la Iglesia, negándose las exequias a quienes los practicaban y, por tanto, no constando muchas veces en los registros.
En fin, la Ley Provisional 2/1870, del 17 de junio, del Registro Civil, estableció el actual Registro Civil cuyas certificaciones podemos solicitar hoy en día, desde la fecha en la que se puso en práctica esta ley -1871/72- por medio de la web del Ministerio de Justicia.
Cómo solicitar un certificado de nacimiento, matrimonio o defunción
- Acceso a la web: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1215197356695/DetalleCiudadanos.html (Ministerio de Justicia>Servicios al Ciudadano>Trámites y gestiones personales)
- Seleccionamos el tipo de certificado que deseamos conseguir:
- Seleccionamos Por Internet > Sin certificado digital.
- Pulsamos en el botón de Sede electrónica:
- Volvemos a recordarle al sistema lo que queremos pulsando en Acceso telemático (sin certificado digital):
- Seleccionamos la comunidad autónoma y provincia correspondientes al lugar del hecho del cual queramos pedir el certificado.
- Rellenamos el formulario que sigue con los datos que nos pide, tras seleccionar el registro civil correspondiente al lugar de nacimiento. Si no aparece, significa que esa sede no dispone de un sistema informatizado y habremos de pedirlo por correo postal (aquí, la lista de direcciones)
- En Datos registrales del hecho, como es de suponer no sabremos los números de tomo y libro correspondientes, rellenaremos cada apartado con 000.
- Seleccionamos la opción de recibir el certificado por correo postal y enviamos. En caso de tener varios certificados que pedir de un mismo lugar, procuraremos hacerlo en el mismo momento, para que así puedan remitírnoslos todos a la vez con el ahorro que ello supone.
Certificados de nacimiento
Nos proporcionarán información sobre el nacimiento del individuo, sus padres, en ocasiones sus abuelos, las profesiones de los mismos, y, a veces, pueden aparecer también las fechas de matrimonio o defunción en notas al margen. Analicemos una transcripción de una partida de nacimiento (correspondiente, en este caso, a una tía bisabuela mía) para ver de primera mano cómo se estructura:
En Pravia, a las doce del día catorce de noviembre de mil novecientos trece, ante D. Fructuoso Argüelles, suplente del Juez Municipal, y D. Segundo García, Secretario, compareció D. Mercedes Martínez Pastor, natural de esta Villa, soltera, mayor de edad, labradora, y domiciliada en el mismo Villavaler, con cédula 145, con objeto de que se inscriba en el Registro Civil una niña. Al efecto como tía y encargada de la madre, declaró:
Que dicha niña nació en la casa de su madre el día seis del corriente, a las siete. Que es hija natural de — y de Doña Consolación Martínez Pastor, naturales de Madrid, calle de la Mora, soltera, de veintiun años, dedicada a las labores domésticas, y domiciliada en dicho Villavaler.
Que es nieta por línea paterna de D. — y de Doña —, naturales de (abuelos desconocidos) y por la materna de D. Bautista Martínez y de Doña Adelina Pastor, naturales de Villavaler y la Habana, Cuba, vecinos del primer pueblo.
Y que a la expresada niña se le puso el nombre de Obdulia.
Además de toda la información que tenemos en esta partida de nacimiento (habremos de distinguir entre hijos naturales, aquellos habidos de madre soltera o de una pareja sin casar, e hijos legítimos, de un matrimonio), estas partidas nos pueden dar datos ocultos: por ejemplo, por tradición oral sabíamos que Consolación, madre de la niña, no sabía leer o escribir, pero, sin embargo, su hermana Mercedes firma, como declarante, el documento, con una letra firme y limpia: podemos deducir, conociendo también la marcha de Madrid de los padres por problemas económicos, que Consolación sería la hija menor, nacida en medio de estos problemas monetarios y que, por tanto, no habría asistido a la escuela.
Certificados de matrimonio
Uno de los documentos más valiosos en tanto en cuanto nos dará información de los ancestros y edades de los contrayentes. Veamos un ejemplo de certificado de matrimonio, en este caso uno con jugosa historia que ya contaremos en otro momento, de mis tíos bisabuelos Herminia y Juan:
Se inscribe el matrimonio celebrado entre don Juan Alvarez Alonso, nacido en Viavelez de la Caridad Oviedo» el quince de Marzo de mil novecientos veintisiete, inscruto al Libro — Folio — número — de estado soltero, profesión Industrial, domiciliado en Gijón «Oviedo» hijo de Juan Alvarez Alonso y Josefa Alonso Rodríguez, y doña Amalia Beran Bouza, nacida en San José de Gijón «Oviedo» el catorce de septiembre de mil novecientos diecisiete, inscrita al libro — Folio — número — de estado soltera, profesión, labores, domiciliada en referido Gijón, hija de Francisco Beran Beran y de doña Antonia Bouza Marecheth. El acto matrimonial canónico se celebró en la Iglesia de San Félix parroquial de esta villa, el día treinta de enero de mil novecientos cuarenta y uno, a las — horas, ante el Párroco D. Florentino A. Bobes, con asistencia del, sin asistencia de la representación del Juzgado, y de los testigos Don Ignacio García Martínez y D. Hermenegildo Sánchez y José González, mayores de edad, y vecinos de Gijón. (…) En Candás de Carreño, a las doce horas del veintiocho de febrero de mil novecientos cincuenta y ocho.
Certificados de defunción
Nos dará información no sólo de la fecha, lugar y muchas veces causa de la muerte del finado; sino también de su estado civil, su cónyuge, si lo hubiera, y su descendencia. Comprobemos, por último, un certificado de defunción, en este caso de una tía bisabuela política.
En la villa de Gijón, a las once del día dieciocho de junio de mil novecientos veintisiete, ante D. Luis Ablanedo y García Filledo Juez Municipal del Distrito de Occidente, y D. Francisco Harra y García Hebés, Secretario interino, compareció D. José Novet Pereira, mayor de edad, casado, empleado, natural y vecino de esta villa, manifestando que Doña Luisa Mínguez Peláez, natural de Gijón, de veintiseis años, de edad y domiciliada en la Carretera de Oviedo, falleció a las veinte horas del día de ayer, a consecuencia de tuberculosis pulmonar según certificación facultativa que presenta autorizada por el médico D. Emilio Villa, y de lo que daba parte en debida forma como conocido de la finada.
En vista de cuya manifestación y certificación presentada, el señor Juez Municipal dispuso se extendiese la presente acta de inscripción, consignándose además de lo expuesto en virtud de las noticias que se han podido adquirir, las circunstancias siguientes: Que era hija de Santiago y de Aurea, naturales de Gijón, él difunto. Que al fallecer se hallaba casada con D. Francisco Beran y Beran, de veinticinco años de edad, natural de Checoeslovaquia, de cuyo matrimonio deja una hija llamada Luisa.
Y que a su cadáver se habrá de dar sepultura en el cementerio de Gijón. Fueron testigos presenciales D. Abelardo Blanco García y D. Sócrates Argüelles, mayores de edad, naturales de Gijón.
En resumen…
- Consigue todos los certificados que puedas acerca de tus ancestros más cercanos. Te aportará una valiosa información.
- Recuerda que el Registro Civil que puedes consultar comienza en 1871.
- En algunas ocasiones, aunque no conozcas fechas exactas, puedes solicitar ayuda al Registro Civil correspondiente. Suelen proporcionártela, eso sí; dales una fecha lo más aproximada posible.
- En algunos municipios podrás alargar el Registro Civil hasta algunos años antes, pero ten en cuenta que no están indexados aún y que tendrás que armarte de paciencia para encontrarlos. Vísteme despacio, que tengo prisa.
- Tener una buena base documental en el Registro Civil te permitirá a su vez tener una buena base para arrancar toda tu genealogía. Es un punto de partida al que debes prestar mucha atención.